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Sentencia del Tribunal Constitucional nº 118/2011, de 5 de julio de 2011. Recurso de inconstitucionalidad 488-2003. Interpuesto por el Parlamento de Andalucía en relación con diversos preceptos de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero
Publicado en: BOE 184/sec. TC 69 (cve: BOE-A-2011-13308). Fecha: 08/02/2011. Ámbito: Jurisprudencia

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Declara inconstitucionales y nulos:
- Los incisos «por otro período igual» y «el cómputo del período de reelección será aplicado aun cuando entre el cese y el nuevo nombramiento hayan transcurrido varios años» del primer párrafo así como el párrafo segundo del art. 9.1 de la L 31/1985, en la redacción que a dicho precepto ha dado el art. 8.5 de la Ley 44/2002
- Los párrafos segundo, tercero y cuarto del art. 17.1 de la L 31/1985, en la redacción dada a los mismos por el art. 8.10 de la L 44/2002.
- El segundo párrafo de la disposición transitoria décima y el último párrafo de la disposición transitoria undécima de la L 44/2002
El A TC 123/2011 aclara esta sentencia modificando la última frase del párrago octavo del fundamento jurídico 2 y el aptdo. A.2 c) del Fallo.

Descriptores

CAJAS DE AHORROS. IGLESIA CATOLICA. RENOVACION Y PERIODOS. ORGANOS DE GOBIERNO DE CAJAS DE AHORROS.

Texto de la norma:

Sentencia del Tribunal Constitucional nº 118/2011, de 5 de julio de 2011. Recurso de inconstitucionalidad 488-2003. Interpuesto por el Parlamento de Andalucía en relación con diversos preceptos de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero

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