Directiva 95/67/CE de la Comisión, de 15 de diciembre de 1995, por la que se adapta la Directiva 89/647/CEE del Consejo sobre el coeficiente de sollvencia de las entidades de crédito, en lo relativo a la definición técnica de "bancos multilaterales de desarrollo"
Vigencia: Norma derogada.
Publicado en: DOCE L 314/72.
Fecha: 12/28/1995.
Ámbito: Normativa de la Unión Europea
Descriptores
BANCOS MULTILATERALES DE DESARROLLO.
Texto de la norma:
Directiva 95/67/CE de la Comisión, de 15 de diciembre de 1995, por la que se adapta la Directiva 89/647/CEE del Consejo sobre el coeficiente de sollvencia de las entidades de crédito, en lo relativo a la definición técnica de "bancos multilaterales de desarrollo"
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